"Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala."
Somos una asociación gremial, no lucrativa, apolítica, de carácter laico, de nacionalidad guatemalteca, con personalidad jurídica y patrimonios propios, nos regimos de acuerdo a la LEY DE COLEGIACIÓN PROFESIONAL OBLIGATORIA (Decreto 72-2001 de congreso de la República de Guatemala), los presentes estatutos y sus reglamentos.
Nuestro objeto es cumplir con la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria (Decreto 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala), colegiando a los graduados universitarios en el grado de licenciatura: Médicos Veterinarios y Zootecnistas, Médicos Veterinarios, Zootecnistas, Acuicultores y demás profesionales afines relacionado con la salud, ordenamiento y administración, así como la producción de animales de cualquier especie y en recursos hidrobiológicos.
Tenemos como fin primordial la superación moral, científica, técnica, cultural, económica y material de los Colegiados, y el control de su ejercicio de conformidad con las normas contenidas en la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, teniendo como fines específicos los siguientes:
El 18 de Julio del año 1960, la Asociación de Medicos Veterinarios y Zootecnistas, se constituyen en el local que ocupan en la 8° AV. 13-45 zona 1, con la finalidad de consolidar urgentemente la fundación del Colegio de Médicos Veterinarios y zootecnistas de Guatemala, elegir los miembros de la Junta Directiva Provisional y estructurar los Estatutos que posteriormente lo constituirán. Con ardua labor e incansable perseverancia los asociados del gremio conforman la primera edición de los estatutos que normarán el ejercicio decoroso de nuestra profesión, rodeándola del prestigio, consideración y respeto que amerita; trabajo que culmina con la presentación de los mismos ante el consejo Superior Universitario.
Posteriormente a la presentación de los Estatutos y luego de las deliberaciones necesarias, el Consejo Superior Universitario aprueba los Estatutos el 08 de Octubre del mismo año e inscribe al Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala, el 15 de Octubre de 1960, oficializando las funciones del Colegio, al amparo de sus estatutos gremiales.
Derivado de un proceso cuyo interés era la protección del ejercicio profesional liberal para los agremiados, podemos festejar desde el año 1960, el Día del Médico Veterinario, Licenciado en zootecnia y Licenciado en Acuicultura el 18 del mes de Julio.
Ejerce la representación legal del Colegio por medio del Presidente del mismo. A la vez es el órgano ejecutivo del colegio que administra su patrimonio y organiz sus actividades.
Para el logro de sus propósitos se reúne semanlmente y se apoya en el trabajo de diferentes comisiones a las cuales coordina y evalúa. El trabajo de la Junta Directiva y de las Comisiones se realiza totalmente ad-honorem, siendo derecho y obligación de todo colegiado activo pertenecer a las mismas.
M.V. Sandra Esther Ávila Méndez de Ruano
Lic. Zoot. Mario Roberto Suchini Ramírez
Lic. Zoot. Juan Carlos Valdez Sandoval
M.V. Edgar Leonel Bailey Vargas
M.V. Luis Najarro Assardo
M.V. Enrique Armando Juárez Quim
M.V. Herber Ronaldo Morales Estevez
Corresponde al Tribunal de Honor conocer de las denuncias, instruir la investigación y dictar la resolución, imponiendo las sanciones cuando proceda, en los casos en que se indique a alguno de los miembros del Colegio de haber faltado a la ética, haber afectado el honor y prestigio de su profesión o haber incurrido en notoria ineficiencia, icompetenica, negligencia, impericia, mala práctica o conducata moralmente incorrecta en el ejercicio de la misma.
M.V. David René Orellana Salguero
M.V. Manuel María Martínez Revolorio
Lic. Zoot. Ronnie Danilo Espino Rodríguez
Lic. Zoot. Francisco Javier Tevalán Sagastume
Licda. Acui. Nadia Lucía Moreira Olivet
M.V. Heber Daniel Castillo Morales
M.V. Carlos Renato Saravia Argueta
M.V. Pablo Roberto Ola González
M.V. Juan Carlos Echeverria Reyes
Es el órgano que vela todo lo concerniente a los procesos electorales, garantizando los derechos de participacion de los colegiados activos, para elegir y ser electos. Declara el resultado y la validez de las elecciones, o en su caso, la nulidad de las mismas.
Este Tribunal elaboró un reglamento de elecciones, el cual fue aprobado por la Asamblea General.
Lic. Zoot. Marío Efraín González Estrada
Licda. Acui. Lylian Sofia Méndez Flores
Lic. Zoot. Robin Rodolfo Ibarra Menéndez
Lic. Zoot. Edvin Arcenio Muñoz Barrera
Lic. Zoot. Gabriel Gerardo Mendizábal Fortún
Lic. Zoot. Marco Vinicio De la Rosa Montepeque
M.V. Dora Elena Chang Chang
Ante el consejo Superior Universitarios de la USAC.
Como Vocal III de la Junta Directica de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnista, USAC.
Ante la Comisión Técnica Porcina.
ante el Comité Técnico de Normalización de Productos Veterinarios y Alimentos para Animales
ante la comisión Técnica Sectorial Agropecuaria.